¡Tenemos algunas recomendaciones para ti!
Podemos definir a las Organizaciones de la Sociedad Civil como esas asociaciones integradas por ciudadanos, que no persiguen fines lucrativos y que realizan acciones para el beneficio común.
Muchas de las Organizaciones de la Sociedad Civil comienzan a operar con actividades en beneficio de su comunidad antes de constituirse ya sea como grupos de trabajo, grupos de base o como colectivos, como se les suele llamar, es decir, grupos de ciudadanos trabajando de manera conjunta, con una causa en común que busca un bienestar colectivo sin perseguir fines económicos y sin estar constituidos legalmente; incluso, muchos de ellos deciden operar en esta modalidad de sociedad civil organizada sin llegar a constituirse jamás, a veces por filosofía propia y teniendo como resultado de sus acciones el mismo impacto que cualquier organización constituida o impulsando la adecuación de algunas leyes que respondan al contexto actual. Sin embargo, estos grupos de trabajo se enfrentan a algunos problemas para obtener el financiamiento de sus actividades pues, aunque existen convocatorias dirigidas al financiamiento de los proyectos que emprenden, éstas son escasas y contemplan presupuestos limitados.
Es por este motivo que muchos de estos colectivos o grupos de trabajo comienzan a contemplar la idea de constituirse legalmente, encontrando en ello ciertas ventajas y la posibilidad de acceder a otras fuentes de financiamiento. Entre algunas ventajas de la constitución legal de una OSC es que una vez constituidas, podemos abrir cuentas bancarias a nombre la organización y firmar contratos y convenios con otros actores a nombre de la organización, con esto generamos más confianza en los donantes, pues dentro del marco legal, se contempla que debemos destinar todos los recursos a la operación de las actividades de la organización. También, tendrán la posibilidad de inscribirse en el Registro Federal de las OSC (para obtener la CLUNI) y obtener la calidad de donataria autorizada ante el SAT, este último punto implica que la mayor parte de los ingresos de la OSC estarán exentos del Impuesto Sobre la Renta (ISR) y tendremos la posibilidad de extender a los donantes un recibo deducible de impuestos.
Si este es tu caso y estás en este proceso de constituir una Organización de la Sociedad Civil, tenemos algunas recomendaciones que darte:
- Conoce las características de cada figura jurídica, compara las similitudes y las diferencias, para que elijas la que más te conviene de acuerdo al tipo de actividades que deseas realizar en tu organización.
- Elige un nombre para tu organización que esté relacionado con la causa que atiendas. Toma en cuenta que el nombre que elijas puede abrirte o cerrarte puertas con algún donante.
- Infórmate sobre todas las obligaciones legales y fiscales que implica la constitución de tu organización, el incumplimiento de estas obligaciones puede traer consecuencias que afecten la operación de tus actividades.
- Define muy bien en qué consistirá tu intervención social y la población a la que estarán dirigidas tus acciones, esto quedará reflejado en el Objeto Social de tu organización.
- Apóyate de expertos en organizaciones donatarias, para que puedan asesorarte sobre las características específicas que deben tener tus estatutos sociales. Una organización fortalecedora como Fundación Merced Querétaro puede acompañarte en tu proceso de constitución.
- Planea estrategias de financiamiento para las actividades que deseas emprender, también será necesario profesionalizar las estrategias de procuración de fondos y transparencia en el manejo de los recursos de tu organización.
Esperamos que estas recomendaciones te sean de utilidad y agradecemos mucho tu interés por contribuir a mejorar el futuro de tu comunidad.
Si te interesa conocer más acerca del proceso de constitución legal de una OSC, escribe a la siguiente dirección de correo: profesionalizacion@mercedqueretaro.org